<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<?xml-stylesheet type="text/xsl" href="/assets/atom.xsl"?>
<feed
        xmlns="http://www.w3.org/2005/Atom"
        xmlns:wwe="http://release.wwe.com/atom/1.0"
        xmlns:thr="http://purl.org/syndication/thread/1.0"
        xmlns:taxo="http://purl.org/rss/1.0/modules/taxonomy/"
        xml:lang="es-US"
	>
    <title type="text">Nunez Law - Blog en Español</title>
    <subtitle type="text">Blog de Inmigración de Nunez Law</subtitle>

    <updated></updated>

    <link rel="alternate" type="text/html" href="https://www.gnunezlaw.com/es/" />
	  <link rel="stylesheet" type="text/css" href="/assets/atom.css" />
    <id>https://www.gnunezlaw.com/es/feed/atom/</id>

		
	    
        <entry>
            <author><name>En Representación de Nunez Law</name></author>
            <title type="html"><![CDATA[¿Cuáles Son los Requisitos de Elegibilidad para Obtener la Ciudadanía Estadounidense?]]></title>
            <link rel="alternate" type="text/html" href="https://www.gnunezlaw.com/es/blog/requisitos-de-elegibilidad-para-la-ciudadania-estadounidense/" />
            <updated>2026-07-01 00:00:00 +0000</updated>
            <published>2026-07-01 00:00:00 +0000</published>
	    <taxo:topics><![CDATA[-]]></taxo:topics>
            <summary type="html"><![CDATA[Conozca los requisitos de elegibilidad para obtener la ciudadanía estadounidense, incluidos los requisitos de residencia, el estatus de residente permanente (green card), el buen carácter moral y la aprobación de los exámenes de inglés y educación cívica.]]></summary>
            <content type="html" xml:base="https://www.gnunezlaw.com/es/blog/requisitos-de-elegibilidad-para-la-ciudadania-estadounidense/"><![CDATA[<p>Para muchos inmigrantes que viven en Nueva York, obtener la ciudadanía estadounidense es una meta importante. La ciudadanía brinda el derecho al voto, la posibilidad de obtener un pasaporte estadounidense y un estatus permanente y seguro que no puede ser revocado. Sin embargo, antes de presentar una solicitud, es necesario cumplir con ciertos requisitos de elegibilidad.</p>

<h2 id="estatus-de-residente-permanente-legal">Estatus de Residente Permanente Legal</h2>

<p>Debe contar con una tarjeta de residencia permanente (Green Card) antes de poder solicitar la ciudadanía mediante el proceso de naturalización. El requisito general es haber sido residente permanente legal durante al menos cinco años. No obstante, si está casado(a) con un ciudadano estadounidense, este período se reduce a tres años, siempre que haya vivido en unión matrimonial con su cónyuge durante ese tiempo.</p>

<h2 id="residencia-continua-y-presencia-física">Residencia Continua y Presencia Física</h2>

<p>Tener una Green Card no es suficiente por sí solo. También debe demostrar que ha residido continuamente en los Estados Unidos durante el período requerido y que ha estado físicamente presente en el país durante al menos 30 meses de los cinco años previos a la presentación de su solicitud. Para quienes solicitan la ciudadanía por matrimonio con un ciudadano estadounidense, el requisito de presencia física es de 18 meses dentro de los tres años anteriores.</p>

<p>Los viajes prolongados fuera de los Estados Unidos pueden generar complicaciones. Las ausencias de seis meses o más pueden interrumpir el requisito de residencia continua. Si viaja con frecuencia o ha pasado largos períodos en el extranjero, es recomendable hablar con una abogada de inmigración antes de presentar su solicitud.</p>

<h2 id="requisito-de-residencia-estatal">Requisito de Residencia Estatal</h2>

<p>Debe haber vivido en el estado o distrito de USCIS donde planea presentar su solicitud durante al menos tres meses inmediatamente antes de presentar el trámite. Para los solicitantes en Nueva York, esto generalmente significa establecer su residencia en el estado antes de presentar el Formulario N-400.</p>

<h2 id="requisito-de-edad">Requisito de Edad</h2>

<p>Debe tener al menos 18 años para solicitar la naturalización por cuenta propia. En determinadas circunstancias, los menores de edad pueden adquirir la ciudadanía a través de uno de sus padres, pero el proceso estándar de naturalización está destinado a solicitantes adultos.</p>

<h2 id="buen-carácter-moral">Buen Carácter Moral</h2>

<p>USCIS exige que demuestre buen carácter moral durante el período establecido por la ley, que generalmente corresponde a los cinco años previos a la solicitud. Ciertas condenas penales pueden impedir la naturalización de manera permanente o durante un período específico. Otras situaciones, como no pagar impuestos, incumplir con obligaciones de manutención infantil o cometer infracciones migratorias, también pueden afectar su elegibilidad. Cada caso es evaluado de forma individual.</p>

<h2 id="requisitos-de-inglés-y-educación-cívica">Requisitos de Inglés y Educación Cívica</h2>

<p>La mayoría de los solicitantes deben demostrar la capacidad de leer, escribir y hablar inglés básico, además de aprobar un examen de educación cívica sobre la historia y el gobierno de los Estados Unidos. USCIS actualizó el examen de educación cívica en octubre de 2025, por lo que la versión que deberá presentar dependerá de la fecha en que envíe su solicitud.</p>

<p>Existen excepciones al requisito del idioma inglés para ciertos solicitantes de mayor edad que han sido residentes permanentes legales durante un período prolongado. Por ejemplo, las personas de 50 años o más que hayan sido residentes permanentes durante al menos 20 años, o aquellas de 55 años o más que hayan tenido una Green Card durante al menos 15 años, pueden estar exentas del requisito de inglés y presentar el examen de educación cívica en su idioma nativo.</p>

<h2 id="juramento-de-lealtad">Juramento de Lealtad</h2>

<p>Por último, debe estar dispuesto(a) a prestar el Juramento de Lealtad a los Estados Unidos, mediante el cual afirma su lealtad al país y a su Constitución. Este es el paso final del proceso de naturalización.</p>

<h2 id="hable-con-nuestra-abogada-de-inmigración-en-nueva-york">Hable con Nuestra Abogada de Inmigración en Nueva York</h2>

<p>El proceso de naturalización implica una revisión exhaustiva de su historial migratorio y personal. Incluso situaciones que parecen menores pueden complicar una solicitud. En Nunez Law Firm, ayudamos a personas y familias en Nueva York a recorrer el camino hacia la ciudadanía con claridad y confianza. Contáctenos en línea o llame al 917-708-1072 para programar una consulta y conocer si está listo(a) para presentar su solicitud.</p>
]]></content>
	</entry>
	
        <entry>
            <author><name>En Representación de Nunez Law</name></author>
            <title type="html"><![CDATA[Puedo solicitar la ciudadanía estadounidense si estoy casada con un ciudadano de EE. UU.?]]></title>
            <link rel="alternate" type="text/html" href="https://www.gnunezlaw.com/es/blog/puedo-solicitar-la-ciudadania-estadounidense-si-estoy-casado-con-un-ciudadano-estadounidense/" />
            <updated>2026-05-18 00:00:00 +0000</updated>
            <published>2026-05-18 00:00:00 +0000</published>
	    <taxo:topics><![CDATA[-]]></taxo:topics>
            <summary type="html"><![CDATA[¿Está casado(a) con un ciudadano estadounidense? Conozca los requisitos para la naturalización, la regla de los 3 años y cómo solicitar la ciudadanía estadounidense por matrimonio.]]></summary>
            <content type="html" xml:base="https://www.gnunezlaw.com/es/blog/puedo-solicitar-la-ciudadania-estadounidense-si-estoy-casado-con-un-ciudadano-estadounidense/"><![CDATA[<p>El matrimonio con un ciudadano estadounidense puede acortar el camino hacia la naturalización y la ciudadanía. Después de tres años como residente permanente legal, casada y viviendo con el mismo cónyuge ciudadano de EE. UU., usted puede presentar el Formulario N-400 ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), siempre que cumpla con otros requisitos de elegibilidad.</p>

<h2 id="requisitos-para-la-ciudadanía-estadounidense-después-del-matrimonio-con-un-ciudadano-de-ee-uu">Requisitos para la ciudadanía estadounidense después del matrimonio con un ciudadano de EE. UU.</h2>

<p>Las solicitantes casados con ciudadanos estadounidenses deben cumplir varios requisitos antes de presentar el Formulario N-400. Cada uno ayuda a determinar si usted califica para la naturalización:</p>

<ul>
  <li><strong>Regla de los 3 años:</strong> Los cónyuges de ciudadanos estadounidenses pueden solicitar después de tres años como residentes permanentes legales, en lugar del período estándar de cinco años.</li>
  <li><strong>Presentación anticipada:</strong> Puede enviar su solicitud hasta 90 días antes de cumplir los tres años, lo que le permite iniciar el proceso con anticipación.</li>
  <li><strong>Residencia continua:</strong> Debe haber estado fisicamente en los Estados Unidos durante al menos 18 meses de los tres años previos a su solicitud.</li>
  <li><strong>Unión matrimonial:</strong> Usted y su cónyuge ciudadano estadounidense deben haber vivido juntos en una unión matrimonial válida durante todo el período de tres años.</li>
  <li><strong>Buen carácter moral:</strong> El USCIS evaluará sus antecedentes y conducta durante el período establecido para confirmar que cumple con los estándares de buen carácter moral.</li>
</ul>

<h2 id="excepciones-y-disposiciones-especiales">Excepciones y disposiciones especiales</h2>

<p>Según la Sección 319(a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), 8 U.S.C. § 1430, ciertas situaciones pueden modificar el plazo o los requisitos estándar de elegibilidad para las cónyuges de ciudadanos estadounidenses. Conocer estas excepciones puede ayudarle a planificar su solicitud de manera más efectiva:</p>

<ul>
  <li>Los cónyuges de ciudadanos estadounidenses que trabajan en el extranjero para organizaciones calificadas pueden estar exentas del requisito de residencia continua.</li>
  <li>Los solicitantes que han sufrido abuso por parte de su cónyuge ciudadano estadounidense aún pueden calificar bajo las disposiciones de la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA).</li>
  <li>El divorcio o la separación legal antes de la aprobación puede afectar su elegibilidad bajo la regla de los tres años.</li>
  <li>Los cónyuges de militares pueden tener acceso a vías aceleradas de naturalización.</li>
</ul>

<h2 id="proceso-de-solicitud">Proceso de solicitud</h2>

<p>El camino hacia la ciudadanía por matrimonio sigue una serie estructurada de pasos administrados por el USCIS. Preparar sus documentos y comprender qué esperar en cada etapa puede ayudar a reducir retrasos innecesarios durante el proceso:</p>

<ul>
  <li>Complete y presente el Formulario N-400, Solicitud de Naturalización, junto con la documentación de respaldo y la tarifa correspondiente.</li>
  <li>Asista a una cita de biometría para la toma de huellas dactilares y verificación de antecedentes.</li>
  <li>Prepárese y apruebe los exámenes de educación cívica e inglés durante su entrevista de naturalización.</li>
  <li>Preste el Juramento de Lealtad en una ceremonia programada después de que su solicitud sea aprobada.</li>
</ul>

<h2 id="hable-con-nuestras-abogadas-de-naturalización-y-ciudadanía-en-nueva-york">Hable con nuestras abogadas de naturalización y ciudadanía en Nueva York</h2>

<p>Su camino hacia la ciudadanía estadounidense no debe verse frenado por la incertidumbre o preguntas sin respuesta. Si tiene antecedentes penales, interrupciones en su residencia, un historial migratorio complejo o preocupaciones sobre cómo su estado civil puede afectar su elegibilidad, trabajar con nuestras abogadas de inmigración puede ayudarle a identificar posibles problemas antes de que resulten en una denegación o retrasos. Comuníquese hoy con Nunez Law Firm al 917-708-1072 para programar una consulta con nuestras abogadas de naturalización y ciudadanía en Nueva York.</p>
]]></content>
	</entry>
	
        <entry>
            <author><name>En Representación de Nunez Law</name></author>
            <title type="html"><![CDATA[¿Cómo puedo cambiar de empleador mientras tengo una visa de trabajo?]]></title>
            <link rel="alternate" type="text/html" href="https://www.gnunezlaw.com/es/blog/como-puedo-cambiar-de-empleador-mientras-tengo-una-visa-de-trabajo/" />
            <updated>2026-04-29 00:00:00 +0000</updated>
            <published>2026-04-29 00:00:00 +0000</published>
	    <taxo:topics><![CDATA[-]]></taxo:topics>
            <summary type="html"><![CDATA[Cambiar de empleador con visado de trabajo suele requerir una petición de nuevo empleador ante USCIS, mientras mantienes un estatus válido durante el proceso.]]></summary>
            <content type="html" xml:base="https://www.gnunezlaw.com/es/blog/como-puedo-cambiar-de-empleador-mientras-tengo-una-visa-de-trabajo/"><![CDATA[<p>Cambiar de empleo mientras se tiene una visa de trabajo puede sentirse como caminar sobre una cuerda floja. Un paso en falso y su estatus, su salario y su futuro en los Estados Unidos podrían estar en riesgo. La buena noticia es que el proceso es manejable con la preparación adecuada y una comprensión clara de cada paso. Nunca dude en buscar ayuda de un abogada de inmigración laboral de Nunez Law Firm en la ciudad de Nueva York.</p>

<h2 id="encontrar-un-nuevo-patrocinador">Encontrar un nuevo patrocinador</h2>

<p>El primer paso es conseguir un nuevo empleador dispuesto a patrocinar su visa. No todas las empresas cuentan con el personal o el presupuesto para manejar trámites de inmigración, por lo que conviene preguntar desde el inicio del proceso de entrevista. Una vez que tenga una oferta, el nuevo empleador será responsable de presentar la petición que le permite trabajar legalmente para ellos.</p>

<h2 id="presentar-una-nueva-petición">Presentar una nueva petición</h2>

<p>Su nuevo empleador debe presentar el Formulario I-129, Petición para Trabajador No Inmigrante, ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), proporcionando información sobre el puesto, sus calificaciones y la empresa, junto con las tarifas correspondientes, documentos de respaldo y, dependiendo del tipo de visa, una solicitud de condición laboral.</p>

<h2 id="esperar-el-recibo-o-la-aprobación">Esperar el recibo o la aprobación</h2>

<p>Después de presentar la petición, USCIS emite un aviso de recibo que confirma que el caso está en su sistema. A partir de ahí, los tiempos de procesamiento varían considerablemente según el centro de servicio y el tipo de visa. El procesamiento premium está disponible para muchas peticiones y garantiza una decisión dentro de 15 días hábiles por una tarifa adicional, lo cual puede valer la pena cuando el tiempo es un factor importante.</p>

<h2 id="mantener-el-estatus">Mantener el estatus</h2>

<p>Perder el estatus durante un cambio de empleo puede generar problemas serios a largo plazo. Para la mayoría de las visas de trabajo, debe continuar trabajando para su patrocinador actual hasta que la nueva petición sea aprobada o, en algunos casos, hasta que se emita el aviso de recibo. Los períodos sin empleo, incluso si son breves, pueden generar dudas sobre su elegibilidad para permanecer en el país.</p>

<h2 id="consideraciones-según-el-tipo-de-visa">Consideraciones según el tipo de visa</h2>

<p>Cada visa de trabajo tiene sus propias reglas para cambiar de empleo, y lo que funciona para una categoría puede no aplicarse a otra. A continuación se presentan puntos clave para las visas de trabajo más comunes:</p>

<ul>
  <li><strong>Visa H-1B:</strong> Las reglas de portabilidad bajo la Sección 8 U.S.C. 1184(n) le permiten comenzar a trabajar para un nuevo empleador tan pronto como se presente la nueva petición, no después de su aprobación, siempre que usted se encuentre actualmente en un estatus H-1B válido y que la nueva petición no sea frívola.</li>
  <li><strong>Visa TN (Canadá/México):</strong> Se requiere una nueva autorización TN para cada cambio de empleador, ya que el estatus TN está vinculado a una oferta de trabajo específica. El proceso varía según la nacionalidad: los ciudadanos canadienses pueden solicitar directamente en un puerto de entrada de EE. UU. con la documentación adecuada, mientras que los ciudadanos mexicanos deben hacer que el nuevo empleador presente el Formulario I-129 y obtener la aprobación de USCIS antes de solicitar en un consulado estadounidense.</li>
  <li><strong>Visa O-1:</strong> Se debe aprobar una nueva petición antes de comenzar el nuevo empleo, ya que el estatus O-1 no permite la portabilidad como la visa H-1B.</li>
  <li><strong>Visas E-2/R-1:</strong> Cambiar de empleador generalmente implica salir completamente de la categoría de visa actual, ya que ambas están vinculadas a un empleador u organización específica que califica.</li>
</ul>

<p>Cada categoría tiene sus propias reglas de tiempo, requisitos de documentación y riesgos relacionados con los períodos entre empleos. Hablar sobre su situación específica con un abogada con experiencia en inmigración laboral puede ayudarle a evitar errores que podrían poner en peligro su estatus o su fecha de inicio.</p>

<h2 id="contacte-a-nuestros-abogadas-de-visas-de-trabajo-ahora">Contacte a nuestros abogadas de visas de trabajo ahora</h2>

<p>¿Listo para dar el siguiente paso hacia su nuevo empleo con confianza? Llame a Nunez Law Firm al 917-708-1072 para programar una consulta con nuestro abogada de visas de trabajo en Nueva York, quien le explicará sus opciones, responderá sus preguntas con honestidad y le ayudará a planificar una transición sin contratiempos.</p>

<p>Los resultados en materia de inmigración dependen en gran medida de sus circunstancias específicas, incluyendo su estatus actual, su historial migratorio previo y el momento en que se realizan las solicitudes. La información proporcionada aquí es de carácter general y puede no aplicarse a su situación. No debe tomar ni retrasar ninguna acción basándose en esta información sin consultar con un abogado de inmigración que pueda evaluar su caso individual. El empleo no autorizado, las violaciones de estatus o problemas migratorios previos pueden afectar la elegibilidad para beneficios o la capacidad de cambiar de empleador.</p>
]]></content>
	</entry>
	
        <entry>
            <author><name>En Representación de Nunez Law</name></author>
            <title type="html"><![CDATA[¿Qué debo hacer si mi solicitud de visa es denegada?]]></title>
            <link rel="alternate" type="text/html" href="https://www.gnunezlaw.com/es/blog/que-debo-hacer-si-mi-solicitud-de-visa-es-denegada/" />
            <updated>2026-04-19 00:00:00 +0000</updated>
            <published>2026-04-19 00:00:00 +0000</published>
	    <taxo:topics><![CDATA[-]]></taxo:topics>
            <summary type="html"><![CDATA[Si te denegan el visado, revisa el motivo de la denegación, considera volver a solicitar o apelar rápidamente. Un abogado de inmigración puede ayudarte.]]></summary>
            <content type="html" xml:base="https://www.gnunezlaw.com/es/blog/que-debo-hacer-si-mi-solicitud-de-visa-es-denegada/"><![CDATA[<p>Recibir una carta de denegación de un consulado de EE. UU. o de USCIS puede sentirse como si el mundo se le viniera abajo. Los planes se detienen, los familiares se preocupan y el camino a seguir de repente se vuelve incierto. Esta decisión rara vez es el final del camino, y existen opciones reales que vale la pena explorar. Nuestro abogada de inmigración en Nunez Law Firm en la ciudad de Nueva York está listo para evaluar su situación.</p>

<h2 id="razones-comunes-por-las-que-se-niegan-las-solicitudes-de-visa">Razones comunes por las que se niegan las solicitudes de visa</h2>

<p>Las denegaciones de visa generalmente se deben a problemas específicos que pueden identificarse al leer cuidadosamente la notificación de denegación. Algunas de las razones más comunes incluyen:</p>

<ul>
  <li>Documentación incompleta o inexacta</li>
  <li>Falta de documentos de respaldo</li>
  <li>No demostrar vínculos sólidos con su país de origen</li>
  <li>Dudas sobre la intención del solicitante</li>
  <li>Violaciones migratorias previas</li>
  <li>Antecedentes penales o problemas de inadmisibilidad</li>
  <li>Evidencia financiera insuficiente</li>
</ul>

<p>La notificación de denegación debe incluir un código o referencia legal que indique la base de la decisión. Esa información suele determinar cuáles serán sus próximos pasos y si tiene más sentido volver a solicitar o presentar una apelación.</p>

<h2 id="pasos-a-seguir-si-su-solicitud-de-visa-es-denegada">Pasos a seguir si su solicitud de visa es denegada</h2>

<p>Una denegación no siempre significa que la puerta esté cerrada definitivamente. Hay acciones prácticas que puede tomar en los días y semanas posteriores a la decisión:</p>

<ul>
  <li>Lea cuidadosamente la carta de denegación: La notificación explica la razón exacta del rechazo y sus fundamentos legales.</li>
  <li>Reúna los documentos faltantes: Si la denegación se basó en evidencia insuficiente, recopilar la documentación adecuada puede fortalecer una nueva solicitud.</li>
  <li>Aborde problemas de inadmisibilidad: Algunas denegaciones requieren un perdón antes de poder continuar con otra solicitud.</li>
  <li>Considere volver a solicitar: Algunas categorías de visa permiten presentar una nueva solicitud con la información corregida en lugar de apelar.</li>
  <li>Contacte a un abogada de inmigración: Una revisión legal de su caso puede revelar opciones que no había considerado y ayudarle a evitar errores en una futura solicitud.</li>
</ul>

<p>Actuar con rapidez es clave, ya que algunos plazos para apelaciones o mociones son cortos. Esperar demasiado puede eliminar opciones, incluso cuando el caso de fondo es sólido.</p>

<h2 id="presentar-una-apelación">Presentar una apelación</h2>

<p>No todas las denegaciones pueden apelarse, pero muchas sí. El proceso específico depende de la agencia que tomó la decisión y del tipo de visa:</p>

<ul>
  <li>Presentar el Formulario I-290B: En la mayoría de los casos, las Notificaciones de Apelación o Moción deben presentarse dentro de los 30 días calendario desde la notificación de la denegación conforme a 8 C.F.R. Sección 103.3, o dentro de 33 días calendario si la decisión fue enviada por correo. En algunos casos, como la revocación de peticiones de inmigrante, el plazo puede ser de 15 días.</li>
  <li>Presentar una moción para reabrir: Basada en nuevos hechos o evidencia que no estaban disponibles en el momento de la decisión original.</li>
  <li>Presentar una moción para reconsiderar: Argumenta que la decisión se basó en una aplicación incorrecta de la ley o la política.</li>
  <li>Preparar un escrito legal: Una explicación clara y organizada de por qué la denegación debe ser revertida.</li>
</ul>

<p>Las decisiones de apelación pueden tardar meses, y el resultado depende en gran medida de cómo se presente el caso. Una documentación sólida y un argumento legal bien preparado aumentan sus posibilidades de éxito.</p>

<h2 id="próximos-pasos-consulte-hoy-a-nuestro-abogada-de-inmigración">Próximos pasos: consulte hoy a nuestro abogada de inmigración</h2>

<p>¿Se pregunta cuál debe ser su próximo paso después de una denegación? Llame a Nunez Law Firm al 917-708-1072 o contáctenos en línea para programar una consulta con nuestro abogada de inmigración en Nueva York, quien revisará su notificación de denegación, le explicará sus opciones y le ayudará a tomar una decisión clara sobre cómo avanzar.</p>

<p>Los resultados en materia de inmigración dependen en gran medida de sus circunstancias específicas, incluyendo su estatus actual, su historial migratorio previo y el momento en que se realizan las solicitudes. La información proporcionada aquí es de carácter general y puede no aplicarse a su situación. No debe tomar ni retrasar ninguna acción basándose en esta información sin consultar con un abogado de inmigración que pueda evaluar su caso individual. El empleo no autorizado, las violaciones de estatus o problemas migratorios previos pueden afectar la elegibilidad para beneficios o la capacidad de cambiar de empleador.</p>
]]></content>
	</entry>
	
        <entry>
            <author><name>En Representación de Nunez Law</name></author>
            <title type="html"><![CDATA[¿Qué sucede si mi situación laboral cambia mientras mi solicitud de visa está pendiente?]]></title>
            <link rel="alternate" type="text/html" href="https://www.gnunezlaw.com/blog/qué-sucede-si-mi-situación-laboral-cambia-mientras-mi-solicitud-de-visa está-pendiente/" />
            <updated>2026-03-27 00:00:00 +0000</updated>
            <published>2026-03-27 00:00:00 +0000</published>
	    <taxo:topics><![CDATA[-]]></taxo:topics>
            <summary type="html"><![CDATA[Learn how job changes affect H-1B status, green card applications, and your legal options to stay compliant and protect your immigration process.]]></summary>
            <content type="html" xml:base="https://www.gnunezlaw.com/blog/qué-sucede-si-mi-situación-laboral-cambia-mientras-mi-solicitud-de-visa está-pendiente/"><![CDATA[<p>Ya sea que esté esperando una transferencia H-1B, un ajuste de estatus u otro beneficio migratorio basado en el empleo, un cambio en su situación laboral puede sentirse como una amenaza a todo lo que ha logrado. La buena noticia es que la ley de inmigración de los Estados Unidos ofrece varias protecciones para los trabajadores en esta situación. Actuar rápidamente cuando ocurren cambios puede marcar una gran diferencia en el resultado de su caso. Nunca espere para consultar sus opciones con nuestro abogado de inmigración en la ciudad de Nueva York en Nuñez Law Firm.</p>

<h2 id="trabajadores-h-1b-portabilidad-y-el-período-de-gracia-de-60-días">Trabajadores H-1B: Portabilidad y el período de gracia de 60 días</h2>

<p>Si usted tiene estatus H-1B y su empleo termina, no está obligado a salir de los Estados Unidos de inmediato. Las regulaciones permiten un período de gracia discrecional de hasta 60 días calendario consecutivos después de la terminación del empleo, o hasta el final del período de validez autorizado, lo que ocurra primero, durante el cual los trabajadores en clasificación H-1B se consideran como si hubieran mantenido su estatus.</p>

<p>Durante ese período, puede presentar una nueva petición H-1B con un empleador diferente, cambiar a otro estatus de no inmigrante o tomar otras medidas para preservar su presencia legal. El período de gracia por sí solo no autoriza empleo con un nuevo empleador; cualquier nuevo empleo debe estar autorizado de manera independiente, por ejemplo, mediante la presentación adecuada de una petición H-1B de cambio de empleador.</p>

<p>Si se está trasladando a un nuevo empleador H-1B en lugar de salir del país, la regla de portabilidad le permite comenzar a trabajar para ese nuevo empleador sin esperar la aprobación completa. La portabilidad H-1B permite que los trabajadores elegibles cambien de empleador y comiencen a trabajar para un nuevo empleador H-1B tan pronto como se presente correctamente ante USCIS una petición H-1B no frívola con una solicitud para modificar o extender el estatus.</p>

<h2 id="ajuste-de-estatus-y-la-regla-de-portabilidad-ac21">Ajuste de estatus y la regla de portabilidad AC21</h2>

<p>Para quienes han presentado una solicitud I-485 para ajustar su estatus a residencia permanente legal basada en el empleo, la Ley de Competitividad Estadounidense en el Siglo XXI (AC21) proporciona una flexibilidad importante. Si tiene un Formulario I-485 pendiente basado en el empleo, es posible que pueda cambiar de trabajo o de empleador siempre que la nueva oferta de trabajo esté en la misma clasificación ocupacional o en una similar a la del empleo en el que se basó su petición I-140, siempre que su I-485 haya estado pendiente durante 180 días o más.</p>

<p>Esto se conoce comúnmente como “portabilidad”. Para ejercer este beneficio, debe notificar a USCIS presentando el Formulario I-485 Suplemento J con información sobre su nuevo empleador y puesto. USCIS evaluará si su nuevo cargo se alinea con el trabajo original descrito en su certificación laboral o en la petición I-140, considerando factores como las funciones del puesto, las habilidades requeridas y las clasificaciones ocupacionales estándar del Departamento de Trabajo.</p>

<p>Si su solicitud de ajuste de estatus ha estado pendiente menos de 180 días cuando ocurre un cambio de empleo, la portabilidad no aplica, y la petición subyacente puede no seguir siendo válida con respecto a la nueva oferta de empleo.</p>

<h2 id="autorización-de-empleo-mientras-la-solicitud-está-pendiente">Autorización de empleo mientras la solicitud está pendiente</h2>

<p>Una protección importante para los solicitantes de ajuste de estatus es la posibilidad de solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD). Los trabajadores con solicitudes I-485 pendientes pueden solicitar simultáneamente un EAD, lo que les permite trabajar para cualquier empleador en los Estados Unidos durante un período determinado mientras sus solicitudes están pendientes. Solicitar advance parole al mismo tiempo también permite viajar internacionalmente mientras la solicitud está en proceso.</p>

<h2 id="actúe-rápidamente-y-consulte-con-nuestro-abogado-de-inmigración-en-la-ciudad-de-nueva-york">Actúe rápidamente y consulte con nuestro abogado de inmigración en la ciudad de Nueva York</h2>

<p>El tiempo es fundamental en estas situaciones. Retrasos en la presentación de solicitudes, períodos sin empleo o errores en la forma en que se reporta un cambio laboral a USCIS pueden generar complicaciones que afecten el resultado de una solicitud pendiente. Cada caso depende de sus circunstancias específicas y del momento en que ocurren los cambios.</p>

<p>Si su situación laboral ha cambiado o le preocupa cómo un posible cambio podría afectar su solicitud de visa o residencia permanente, Nuñez Law Firm está aquí para ayudarle. Comuníquese con nuestra oficina en Manhattan al 917-708-1072 para hablar sobre sus opciones.</p>
]]></content>
	</entry>
	
</feed>

